Resumen del Artículo cuarenta y nueve

Artículo cuarenta y nueve del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (EACLM) — Se regulan necesariamente, mediante ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, las siguientes materias: a) El establecimiento, la modificación y supresión de los propios impuestos, tasas y contribuciones especiales y de las exenciones o bonificaciones que les afecten. b) El…

EACLMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuarenta y nueve

Se regulan necesariamente, mediante ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, las siguientes materias:

a) El establecimiento, la modificación y supresión de los propios impuestos, tasas y contribuciones especiales y de las exenciones o bonificaciones que les afecten.

b) El establecimiento, la modificación y supresión de los recargos sobre los impuestos del Estado.

c) La emisión de Deuda Pública y demás operaciones de crédito concertadas por la Comunidad Autónoma.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuarenta y nueve

¿Qué dice el Artículo cuarenta y nueve del EACLM?

Se regulan necesariamente, mediante ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, las siguientes materias: a) El establecimiento, la modificación y supresión de los propios impuestos, tasas y…

¿El Artículo cuarenta y nueve del EACLM está vigente?

El artículo cuarenta y nueve del EACLM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuarenta y nueve dentro del EACLM?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuarenta y nueve?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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